BANDO
PLAN DE ACTUACIÓN MUNICIPAL ANTE EMERGENCIAS POR INCENDIOS FORESTALES DE NAVALAFUENTE
Durante el primer semestre del año 2020 se redactó el Plan de Actuación Municipal ante emergencias por incendios forestales (PAMIF), que fue informado favorablemente por la Comisión de protección Civil de la Comunidad de Madrid el 29 de septiembre y aprobado en Pleno de la Corporación el día 2 de diciembre de 2020.
El PAMIF es un documento que contiene el marco orgánico y funcional establecido para hacer frente a las situaciones de elevado riesgo y peligro de incendio forestal en el municipio y que establece las medidas a adoptar, los recursos humanos y materiales necesarios para hacer frente a la emergencia y el esquema de coordinación de las autoridades, organismos y servicios llamados a intervenir en caso de que se produzca dicho escenario.
Su contenido completo se puede consultar en la página web del Ayuntamiento.
Contiene una descripción de:
▪ el territorio y del análisis del riesgo de incendios forestales,
▪ los medios disponibles en la lucha contra incendios forestales,
▪ la organización local para la lucha contra incendios forestales,
▪ los procedimientos operativos de la organización frente a incendios forestales
▪ la información a la población: campañas preventivas, en el momento de la
detección de un incendio y durante la emergencia.
▪ las actuaciones para la promoción y difusión de la autoprotección
▪ el Plan de actuaciones para reducir el riesgo de incendio forestal
Se acompaña de una serie de Anejos con información adicional.
Teniendo en cuenta la próxima fecha de inicio de peligro medio de incendios forestales COMENZO el 16 de mayo y la del inicio de peligro alto EMPIEZ el 15 de junio, desde el Ayuntamiento se recuerdan las actuaciones de autoprotección incluidas en el PAMIF y en el INFOMA (Decreto 59/2017, de 6 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan Especial de Protección Civil de Emergencia por Incendios Forestales en la Comunidad de Madrid).
En general, en la proximidad de viviendas, y en las parcelas limítrofes a suelo urbano y a construcciones aisladas, se recomienda:
🖙 Retirar las ramas secas de árboles y arbustos, cortar el pasto y herbáceas secas, retirar los restos vegetales muertos (restos de podas, árboles caídos, etc.). También otros materiales que puedan incendiarse, como plásticos, lonas y telas, o neumáticos.
🖙 Mantener limpios los tejados de materiales combustibles (hojas, ramas) y evitar que las ramas dominen las edificaciones o se acerquen a menos de 3 metros de una chimenea.
🖙 Considerarla sustitución de setos con especies altamente inflamables como la arizónica (Cupressusarizonica) por otras con menor cantidad de combustible fino muerto en su interior como aligustre (Ligustrumsp), hiedra (Hederahelix) o madreselva (Lonicerasp).
🖙 En parcelas limítrofes con suelo urbano edificado, en una franja de 50 m, reducir la densidad de matorral y elevar la copa del arbolado, además de las recomendaciones de retirar todo el material combustible, vegetal o de otro tipo (plásticos, neumáticos, etc).
Además, se recuerda la normativa contenida en el INFOMA frente a incendios (Decreto 59/2017, de 6 de junio), ya que durante todo el año está prohibido:
- a) Arrojar fósforos o restos de cigarrillos, tanto transitando a pie como desde vehículos.
- b) Arrojar basuras, restos industriales o de cualquier clase, especialmente aquellos que contengan fuego o puedan inflamarse.
- c) Transitar con vehículos a motor fuera de las vías de circulación, exceptuando los casos recogidos en el Decreto 110/1988, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la circulación y práctica de deportes con vehículos a motor en los montes a cargo de la Comunidad de Madrid.
- d) Producir y utilizar fuego en cualquier tipo de operaciones o actividades, así como el almacenamiento, transporte y utilización de materias inflamables o explosivas, lanzamiento de cohetes, farolillos voladores o todo elemento que pueda producir ignición, salvo autorización expresa.
- e) Utilizar fuego para cocinar o calentarse, salvo autorización.
En Navalafuente, a 15 de junio de 2026.
EL ALCALDE.
